Respuesta corta: en 2026 un trabajador en relación de dependencia en Ecuador no paga impuesto a la renta si su base imponible anual es de hasta USD 12.208 (fracción básica desgravada). Sobre ese valor se aplica la tabla progresiva del SRI, del 5 % al 37 % (Resolución NAC-DGERCGC25-00000043). Al impuesto resultante se le resta una rebaja del 18 % de los gastos personales, con un tope de 7 a 20 canastas familiares básicas (USD 821,80 cada una) según el número de cargas familiares.
Actualizado: octubre de 2026.
Tabla del impuesto a la renta 2026 para personas naturales
Vigente para el ejercicio fiscal 2026, según la Resolución NAC-DGERCGC25-00000043 del SRI (Segundo Suplemento del Registro Oficial N.º 194, 30 de diciembre de 2025). Valores en dólares, sobre la base imponible anual.
| Fracción básica | Exceso hasta | Impuesto sobre la fracción básica | % sobre la fracción excedente |
|---|---|---|---|
| 0 | 12.208 | 0 | 0 % |
| 12.208 | 15.549 | 0 | 5 % |
| 15.549 | 20.188 | 167 | 10 % |
| 20.188 | 26.700 | 631 | 12 % |
| 26.700 | 35.136 | 1.412 | 15 % |
| 35.136 | 46.575 | 2.678 | 20 % |
| 46.575 | 62.005 | 4.965 | 25 % |
| 62.005 | 82.679 | 8.823 | 30 % |
| 82.679 | 109.956 | 15.025 | 35 % |
| 109.956 | En adelante | 24.572 | 37 % |
Fuentes: Resolución NAC-DGERCGC25-00000043 (SRI) · Primicias.
Rebaja por gastos personales 2026
Desde 2023 la regla es la misma para todos los trabajadores, sin importar su nivel de ingresos:
Rebaja = 18 % × el menor valor entre tus gastos personales y el tope según tus cargas familiares.
El tope se mide en canastas familiares básicas. Para 2026 se usa la canasta de enero de 2026 publicada por el INEC: USD 821,80.
| Cargas familiares | Canastas | Tope de gastos personales | Rebaja máxima (18 %) |
|---|---|---|---|
| 0 | 7 | USD 5.752,60 | USD 1.035,47 |
| 1 | 9 | USD 7.396,20 | USD 1.331,32 |
| 2 | 11 | USD 9.039,80 | USD 1.627,16 |
| 3 | 14 | USD 11.505,20 | USD 2.070,94 |
| 4 | 17 | USD 13.970,60 | USD 2.514,71 |
| 5 o más | 20 | USD 16.436,00 | USD 2.958,48 |
| Enfermedad catastrófica, rara o huérfana, o discapacidad | 100 | USD 82.180,00 | USD 14.792,40 |
- Cargas familiares: padres, cónyuge o pareja en unión de hecho, e hijos de hasta 21 años o con discapacidad de cualquier edad, que no tengan ingresos gravados y dependan del contribuyente.
- La rebaja no puede superar el impuesto causado: el impuesto a pagar nunca es negativo.
- Enfermedades catastróficas: el tope de 100 canastas rige desde la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo (diciembre de 2023). Algunas publicaciones antiguas todavía mencionan 20 canastas.
Fuentes: INEC, canasta familiar básica enero 2026 · El Universo.
¿Qué gastos personales se pueden deducir?
- Vivienda: arriendo, intereses de préstamos hipotecarios, alícuotas, servicios básicos e impuesto predial.
- Salud, incluida la atención de mascotas.
- Educación, arte y cultura.
- Alimentación, incluida la de mascotas (sin bebidas alcohólicas).
- Vestimenta (sin accesorios).
- Turismo nacional en establecimientos registrados.
- Pensiones alimenticias fijadas por un juez.
Los gastos deben respaldarse con facturas electrónicas a nombre del contribuyente o de sus cargas, y se consideran sin IVA ni ICE. No hay un tope por cada rubro: solo el tope total según las cargas.
Cómo calcula el empleador la retención mensual
- Proyecta el ingreso gravado del año: sueldo, horas extra, comisiones y bonos. No incluye el décimo tercero, el décimo cuarto ni los fondos de reserva, que están exentos.
- Resta el aporte personal al IESS (9,45 %).
- Aplica la tabla del impuesto a la renta a esa base imponible.
- Resta la rebaja por gastos personales que el trabajador declaró en el formulario de proyección (SRI-GP).
- Divide el impuesto anual para 12: esa es la retención mensual. Si cambian los ingresos o la proyección, recalcula para los meses que faltan.
Si el trabajador no entrega el formulario de proyección de gastos personales, el empleador no puede aplicar la rebaja.
Ejemplos de cálculo 2026
Sueldo de USD 2.500 al mes, sin cargas familiares
| Paso | Cálculo | Valor (USD) |
|---|---|---|
| Ingreso gravado anual | 2.500 × 12 | 30.000,00 |
| Aporte personal IESS | 30.000 × 9,45 % | −2.835,00 |
| Base imponible | 27.165,00 | |
| Impuesto causado | 1.412 + (27.165 − 26.700) × 15 % | 1.481,75 |
| Rebaja por gastos personales | 18 % × 5.752,60 (7 canastas) | −1.035,47 |
| Impuesto anual | 446,28 | |
| Retención mensual | 446,28 ÷ 12 | 37,19 |
Con el mismo sueldo y 1 carga familiar la retención baja a USD 12,54 al mes. Con 2 cargas la rebaja (USD 1.627,16) supera el impuesto causado y no paga impuesto a la renta.
Sueldo de USD 4.000 al mes, con 2 cargas familiares
| Paso | Cálculo | Valor (USD) |
|---|---|---|
| Ingreso gravado anual | 4.000 × 12 | 48.000,00 |
| Aporte personal IESS | 48.000 × 9,45 % | −4.536,00 |
| Base imponible | 43.464,00 | |
| Impuesto causado | 2.678 + (43.464 − 35.136) × 20 % | 4.343,60 |
| Rebaja por gastos personales | 18 % × 9.039,80 (11 canastas) | −1.627,16 |
| Impuesto anual | 2.716,44 | |
| Retención mensual | 2.716,44 ÷ 12 | 226,37 |
Los ejemplos suponen que el trabajador proyectó gastos personales por el tope completo y no tiene otros ingresos.
Fechas clave del ejercicio 2026
| Obligación | Quién | Cuándo |
|---|---|---|
| Formulario de proyección de gastos personales (SRI-GP) | Trabajador → empleador | Febrero de 2026; se puede actualizar en junio y septiembre |
| Formulario 107 (comprobante de retenciones) | Empleador → trabajador | Enero de 2027 |
| Anexo RDEP (retenciones en relación de dependencia) | Empleador → SRI | Enero y febrero de 2027, según el noveno dígito del RUC |
| Declaración anual del impuesto a la renta | Trabajador (si tiene otros ingresos o más de un empleador) | Marzo de 2027, según el noveno dígito de la cédula o RUC |
Un trabajador con un solo empleador y sin otros ingresos no necesita declarar: el formulario 107 hace las veces de declaración. Las fechas de 2027 siguen el calendario aplicado en 2026; confírmalas en el calendario tributario del SRI.
Fuentes: El Diario, actualización de septiembre · NMS Law, RDEP · Primicias, declaración anual.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuánto se paga impuesto a la renta en Ecuador en 2026?
Desde una base imponible anual (ingresos gravados menos aporte personal al IESS) superior a USD 12.208, es decir, unos USD 1.017 al mes.
¿Cuánto es la canasta básica para gastos personales 2026?
USD 821,80, la canasta familiar básica de enero de 2026 publicada por el INEC.
¿Los décimos pagan impuesto a la renta?
No. El décimo tercero y el décimo cuarto sueldo son ingresos exentos, igual que los fondos de reserva.
¿Qué pasa si no entrego la proyección de gastos personales a mi empleador?
El empleador no aplica la rebaja y te retiene más impuesto. Puedes presentarla o actualizarla en junio y septiembre, y recuperar la diferencia en tu declaración anual.
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Esta guía es informativa y no sustituye la asesoría tributaria profesional. Verifica siempre las resoluciones vigentes en el portal del SRI.